PRONUNCIAMIENTOS

La Defensoría del Pueblo se pronuncia al cumplirse 10 años de la presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad “Sin verdad no hay justicia”

domingo, 7 junio 2020, 3:08 pm

La Defensoría del Pueblo de Ecuador, en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos, recuerda que este 7 de junio se cumplen 10 años de la entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad titulado “Sin verdad no hay justicia”, el cual estableció un total de 119 casos[1] de graves violaciones a los derechos humanos, que incluyen a 459 víctimas, en seis tipos de violaciones. Se identificó un total de 831 violaciones, ya que en una misma persona se reportaron diferentes tipos de delitos. Estas se distribuyen en: “269 víctimas de privación ilegal de la libertad, 365 de torturas; 86 de violencia sexual; 17 de desapariciones forzadas; 68 de ejecución extrajudicial y 26 de atentado contra la vida” (CV, 2010:433).

La mayor concentración de estas violaciones (68%) se dieron en el período de gobierno de León Febres Cordero y el resto se perpetraron entre los años 1993 y 2003. Respecto a los presuntos responsables, se identificaron 460, de los cuales el “49,6% corresponde a oficiales y miembros activos y pasivos de la Policía Nacional, el 28,3% a miembros activos y pasivos de las tres ramas de las Fuerzas Armadas, el 10% son autoridades de gobiernos, el 5,4% a funcionarios judiciales y el 5,9% a autoridades o agentes de estado extranjeros” (CVE, 2010:434).

Dicho informe propuso 155 recomendaciones orientadas hacia la verdad y justicia y su relación con el proceso de reparación de las víctimas. En materia de satisfacción planteó medidas, tales como: obtener declaraciones que ofrezcan disculpas públicas y restablecer la dignidad de las víctimas, revelar públicamente la verdad y buscar a personas desaparecidas y los cuerpos de las personas ejecutadas. En materia de restitución, propuso medidas para: eliminar antecedentes judiciales y policiales de las personas que fueron involucradas, y facilitar el retorno voluntario, seguro y digno de las personas que tuvieron que exiliarse. En materia de rehabilitación, se planteó el apoyo en salud física y psicosocial, en educación, trabajo y se recomendaron medidas de indemnización a víctimas. En materia de garantías de no repetición, el informe planteó varias medidas, de las cuales se destacan: educar a todos los sectores en derechos humanos, fortalecer el poder judicial, impulsar políticas públicas en materia de derechos humanos y promover reformas legales que adecúen el marco normativo de los derechos humanos.

Para ello, el informe propuso como principal recomendación un proyecto de ley que permitiera la conformación de un programa orientado a la reparación efectiva de las víctimas y sus familiares. Esto propició que el 13 de diciembre de 2013, se apruebe la ley para la reparación de las víctimas y la judicialización de graves violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad ocurridos en Ecuador entre el 4 de octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008, conocida como Ley de Reparación a Víctimas, que creó el Programa de Reparación por vía administrativa, la misma que encargó la gestión de la reparación inmaterial a la Defensoría del Pueblo y la obligación de la Función Ejecutiva de gestionar la reparación material e indemnizaciones.

El programa de reparación a cargo de la DPE ha trabajado a la fecha con más de 1045 víctimas, directas e indirectas, coordinando y gestionando con más de 26 instituciones del Estado.

La Institución Nacional de Derechos Humanos es consciente de que todavía hacen falta ejecutar acciones a fin de alcanzar por medios legales, constitucionales e, incluso, internacionales, que el Estado cumpla a cabalidad la deuda aún pendiente con las víctimas de estos graves hechos y sus familiares. Lamentamos, además, que en 10 años los resultados respecto a la investigación y judicialización de los casos y la sanción de los responsables han sido casi inexistentes y desde hace cerca de dos años no se logrado reinstalar la audiencia de juzgamiento del primer caso de lesa humanidad.

Por ello, me permito anunciar que he dispuesto iniciar acciones ante la Procuraduría General del Estado, a fin de que esta institución absuelva las demandas de algunas víctimas. De igual manera, invitamos a las instituciones pertinentes del Gobierno nacional, a la conformación de un Comité Interinstitucional de Reparación Integral, a fin de que se fortalezcan las acciones de coordinación y se efectivicen las medidas de reparación integral en cada caso documentado.

Adicionalmente, un ejercicio de memoria para la no repetición de este tipo de situaciones, como Defensoría del Pueblo de Ecuador, el pasado 2 de junio de 2020, hemos presentado una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional de Ecuador, en contra del acuerdo ministerial Nro.179 suscrito por el Ministro de Defensa Nacional, Oswaldo Jarrín, mismo que pretende regular el uso de la fuerza por parte de miembros de las Fuerzas Armadas, en situaciones de protesta social generadas durante un estado de excepción, al considerar que el mismo amenaza los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

En ese contexto, la Defensoría del Pueblo ha concluido, hace pocas semanas, la reforma de su estructura institucional para adecuarla a las atribuciones y competencias establecidas en la nueva Ley Orgánica, en virtud de lo cual se ha creado el Mecanismo de Protección de Personas Desaparecidas y Reparación a Víctimas Documentadas por la Comisión de la Verdad, que tendrá como una de sus principales tareas fortalecer el programa de reparación inmaterial.

Ahora más que nunca debemos exigir que el Estado cumpla las deudas pendientes en estos 10 años y tome medidas para que estos hechos no se repitan. Es así que, en mi calidad de Defensor del Pueblo de Ecuador, a más de ratificar mi compromiso por la verdad, justicia y reparación, así como, con la construcción de memoria como ejercicio colectivo, EXHORTO:

– Al Presidente de la República para que, por medio de su Gabinete, cumpla la responsabilidad objetiva del Estado, reconocida en el artículo 2 de la Ley de Reparación a Víctimas; además, la obligación de reparar de forma integral a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos documentadas, quienes durante décadas buscan verdad, justicia y reparación.

– A la Fiscalía General del Estado y la Función Judicial para que avancen su deber de investigar y juzgar los hechos documentados por la Comisión de la Verdad en cumplimiento de sus obligaciones de debida diligencia y de plazo razonable.

– A la Secretaría de Derechos Humanos para que concluya los procesos indemnizatorios pendientes, que indemnice efectivamente a las víctimas con quienes ya ha suscrito acuerdos y que se brinde atención de calidad a las mismas.

– Al Ministro de Cultura, para que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Reparación a Víctimas de 2013, cumpla la creación e implementación del Museo de la Memoria.

– A todas las autoridades nacionales, y personas del servicio público, para que en ejercicio de sus funciones velen siempre por los derechos fundamentales de las personas, garantizando que las violaciones a los derechos humanos no vuelvan a ocurrir.

Finalmente, recuerdo que la historia, pasada y reciente, debe llamar a la sociedad en su conjunto, a una profunda reflexión, que nos invite a la construcción de un tejido social sólido, de respeto a los derechos humanos y que recuerde a los gobiernos que estos hechos no pueden repetirse, por ningún motivo, en nuestro país. Ratificando además que estamos prestos a atender las demandas y requerimientos de las víctimas.

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Dr. Freddy Carrión Intriago
Defensor del Pueblo de Ecuador

 

[1]Ecuador, Comisión de la Verdad, Informe Final “Sin Verdad No Hay Justicia”, Tomo 5, 347. “Por un error en el procesamiento de los datos estadísticos, las siguientes víctimas no han sido incorporadas en las cifras correspondientes a tortura. Por esta razón, los casos Lago Agrio (Nº 54), Cooperativa “10 de enero” (Nº 60) y Grijalva (Nº 78) suman cada uno, una víctima más y, en consecuencia, el número total de víctimas registradas por la Comisión de la Verdad ascendería a 459. Por otra parte, el caso 118A corresponde al denominado Hermanos Jiménez

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