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La Defensoría del Pueblo del Ecuador frente a la situación de las y los trabajadores del sector bananero en el Ecuador

martes, 27 noviembre 2018, 2:52 pm

La Defensoría del Pueblo del Ecuador frente a la situación de las y los trabajadores del sector bananero en el Ecuador

La Defensoría del Pueblo, como Institución Nacional de Derechos Humanos de Ecuador, expresa su preocupación por la situación de los derechos de las y los trabajadores del sector bananero, en especial sobre las limitaciones reportadas en el ejercicio de los derechos a la libertad sindical y trabajo y los riesgos de afectación al derecho a la salud.

La DPE ha venido monitoreando a través de sus herramientas de investigación defensorial la situación de los trabajadores del sector bananero, en especial de las provincias de Los Ríos, El Oro y Guayas. En este sentido, se puede advertir: 1) la imposibilidad normativa de constituir sindicatos por sector; 2) Irregularidades en la garantía de las condiciones de trabajo digno y decente; y 3) El peligro en el que se encuentran las y los trabajadores y sus familias al verse expuestos a fumigaciones con glifosato y otras sustancias tóxicas directamente relacionadas con la producción.

En esta línea, se exhorta a las instituciones del Estado competentes a dar las facilidades necesarias para garantizar el derecho de los trabajadores a constituir las asociaciones profesionales o sindicatos que estimen convenientes, con observancia de la ley y de los estatutos de las respectivas asociaciones, sin ninguna distinción y sin necesidad de autorización previa.

De igual manera,  se insta a los empleadores del sector bananero a respetar la Constitución de la República y el Convenio OIT 87, instrumentos que  establecen claramente la prohibición de intervención en organizaciones sindicales que tiendan a limitar o entorpecer el derecho a la libertad sindical, y de ser el caso, reformar y adecuar la normativa infra-constitucional para promover la asociación sectorial.

Es importante recordar que  la jornada máxima de trabajo es de ocho horas y garantiza 48 horas seguidas de descanso obligatorio y remunerado. Si se necesita que el trabajador trabaje más horas, se debe proceder a la realización de un convenio escrito entre las partes y obtener la autorización del inspector del trabajo competente.

En este orden de ideas, se exhorta al Ministerio de Trabajo a que a través de sus inspectorías verifiquen constante y eficientemente que las y los trabajadores del sector bananero cumplan las jornadas ordinarias, extraordinarias, y horas suplementarias para las que fueron contratados percibiendo un salario digno y acorde a la normativa existente. Vigilar el cumplimiento del derecho de las y los trabajadores a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso por concepto de vacaciones y a que realice un control efectivo para que se dé cumplimiento al Art 42 numeral 31 del Código del Trabajo que regula la obligatoriedad de que las y los trabajadores deben estar afiliados en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, desde el primer día de labores.

Además, exhortamos a que se verifique de manera inmediata y oportuna el cumplimiento de estándares de seguridad a nivel de salud ocupacional y el cumplimiento de la obligación por parte de los empleadores del sector bananero de reconocer, en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas las cuales deberán ser pagadas en los plazos establecidos por la ley, y repartidas a todas las y los trabajadores, acorde a los tiempos de servicios.

Por otro lado, en la visita in situ realizada por la Defensoría del Pueblo de fecha 5 y 6 de octubre del 2018, con la finalidad de conocer la situación actual de los trabajadores del sector bananero se pudo verificar que actualmente se están realizando fumigaciones aéreas con agroquímicos, existiendo la prohibición de abandonar las plantaciones de banano al momento de la aspersión, con amenaza de que el día de trabajo no será remunerado. Se reportó además que las personas que trabajan en cosecha, almuerzan en el interior de las plantaciones y en ocasiones coincide con los horarios de aplicación aérea de agroquímicos, además los testimonios de las y los trabajadores señalan que viven junto a las plantación bananera y que la aplicación de agroquímicos de forma aérea rocía sus viviendas, pues no se respeta la corta franja de seguridad. Las aspersiones con agroquímicos están causando graves afectaciones a la salud de las y los trabajadores y sus familias ya que al tomar contacto con la piel generan problemas dermatológicos y afecciones respiratorias.

En esta línea, la Defensoría del Pueblo insta al Ministerio de Salud, al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Agricultura y Ganadería a que en cumplimiento del principio de precaución, se evalúe y amplíe la franja de aspersión aérea con agroquímicos, poniendo como base de la discusión los derechos humanos de las personas trabajadoras y sus familias. Exhorta además a que se verifique inmediata y oportunamente la situación de salud de las y los trabajadores del sector bananero y que los resultados de este proceso sean tomados en cuenta para la reforma de la regulación en materia de fumigaciones.

 

Gina Benavides

Defensora del Pueblo Encargada