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Pueblo Waorani de Pastaza gana acción de protección por violación de su derecho a la consulta previa libre e informada

viernes, 26 abril 2019, 6:38 pm

En histórica acción de protección presentada por el pueblo Waorani de Pastaza, con el copatrocinio de la Defensoría del Pueblo de Ecuador y organizaciones sociales, el Tribunal de Garantías Penales de Pastaza dictaminó hoy que existió vulneración de los derechos a la autodeterminación y consulta previa libre e informada.

La audiencia pública instalada para emitir sentencia sobre la acción de protección interpuesta por las comunidades Waorani de Pastaza y la Defensoría del Pueblo (como copeticionaria), en tutela de sus derechos, sobre la base de los hechos, testimonios y documentación recogidos en la demanda, establecen que el proceso de consulta previa que la Secretaría de Hidrocarburos (en ese tiempo, SHE) llevó a cabo en 2012, fue un proceso viciado, no garantizó el principio de información y libertad de la consulta y fundamentalmente no fue entendida y asumida por el Estado como un derecho, sino, simplemente como un trámite previo a la licitación petrolera XII, efectuada al año siguiente.

El Juez Ponente Esperanza del Pilar Araujo y jueces Frowen Alcívar y Patricio Jinez de la Corte Constitucional del Puyo, conocieron la causa y manifestaron que la SHE no tomó en cuenta a las autoridades tradicionales, y no se invitó a los Pikenanis (ancianos sabios). Además se agregó que no se respetaron los tiempos, ni la metodología para la consulta.

Los informes evidencian que la información entregada por la SHE en un solo taller realizado con la comunidad Waorani, de dicha provincia, es complejo como el modelo de gestión, procesos de actividad petrolera, normativa, levantamiento de información, etc. Además, se utilizó muy poco tiempo para socializar la información, por lo cual no existió participación de las comunidades del Bloque 22 y tampoco se ha consultado con las estructuras ancestrales.

Del mismo modo, no se cumplió como exigía la Constitución, al realizar una socialización con temáticas complejas, que incluyen palabras técnicas, las mismas que no fueron entendidas por los miembros de la comunidad Wao; es decir, la anterior Secretaría de Hidrocarburos aplicó un procedimiento único en todas las comunidades, sin tomar en consideración las tradiciones de la nacionalidad Waorani, de contacto reciente, las cuales son personas en riesgo y con tradiciones propias.

En este sentido, la Institución Nacional de Derechos Humanos se complace con esta resolución y espera que en todas las instancias se ratifique esta decisión histórica, que garantiza de manera efectiva el derecho a la consulta previa, libre e informada en el país.