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Defensoría del Pueblo reivindica el derecho a la reparación inmaterial justa y digna para Michael Andrés Arce Méndez

lunes, 10 julio 2017, 9:02 pm

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Ante los hechos ocurridos el día 10 de julio de 2017, en la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro, donde por disposición del Tribunal de Garantías Penales con sede en el Cantón Quito, debía llevarse el acto reparatorio consistente en las disculpas públicas, que debía cumplir el sentenciado Fernando Mauricio Encalada Parrales a favor de Michael Andrés Arce Méndez como parte de la sentencia que por el delito de odio dispuso el Tribunal de Justicia, la Defensoría del Pueblo manifiesta:

  1. La reparación implica la culminación de un proceso en el que se ha determinado la responsabilidad por violación a los derechos humanos o el cometimiento de infracciones y, como consecuencia, el deber de enmendar dicho acto ilícito; por lo tanto, ésta debe desarrollarse de manera adecuada e integral apuntando hacia la justicia, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición de los hechos que ocasionaron la vulneración de derechos.
  2. Las disculpas públicas constituyen medidas fundamentales que proyectan socialmente la verdad, la justicia y la reconciliación. Por ello, un acto de disculpas públicas debe ser un reconocimiento formal, solemne e idóneo; en el que al tiempo de reconocer que se cometieron violaciones a los derechos en el pasado, estas causaron daño a la víctima, su familia y comunidad;  y aceptar la responsabilidad por lo ocurrido, así como  permitir que la sociedad en general mire hacia el futuro con esperanza.
  1. Los actos discriminatorios  y aún más el delito de odio racial se relacionan con la reproducción de estereotipos que están asociados a la discriminación estructural e histórica que ha sufrido el pueblo Afroecuatoriano. Por ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos entiende que algunas de las reparaciones deben tener una vocación transformadora de dicha situación, de tal forma que las mismas tengan un efecto no solo restitutivo sino también correctivo hacia cambios estructurales que desarticulen aquellos estereotipos y prácticas que perpetúan la discriminación contra la población.
  1. La Defensoría del Pueblo rechaza el acto por el cual el señor Fernando Mauricio Encalada Parrales en coordinación con la Comandancia General de la Fuerza Terrestre y las autoridades de la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro pretendieron organizar un evento de disculpas públicas en el sector del monumento a Tiwintza, ubicado en la parte trasera de la ESMIL, sin prestar las condiciones adecuadas para que se lleve a efecto un acto formal, solemne e idóneo. En esa perspectiva, la Defensoría del Pueblo recuerda que Michael Andrés Arce Méndez ingresó y salió por la puerta principal de la Escuela Militar en la Av. Córdova Galarza y realizó sus actividades de formación en la zona de Pucará al interior de éste recinto, sitio donde ocurrieron los hechos que vulneraron sus derechos y en donde debe realizarse el acto reparatorio correspondiente.

En consecuencia, reivindicamos el derecho a la reparación inmaterial justa y digna para Michael Andrés Arce Méndez; exhortamos al Tribunal de Garantías Penales una valoración objetiva de los hechos ocurridos el 10 de julio y en función de los principios de los derechos humanos disponga la realización de un acto de disculpas públicas adecuado; y, requerimos  al señor Fernando Mauricio Encalada Parrales, así como a las autoridades militares correspondientes, cooperar para promover un proceso de reconciliación que contribuya en la sociedad a transformar las prácticas cotidianas y estructurales de racismo.

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Patricio Benalcázar Alarcón

Defensor del Pueblo (s)

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