CASOS EMBLEMÁTICOS

Defensoría en Acción – 31 de julio de 2017

lunes, 31 julio 2017, 3:11 pm

La Coordinación General de Carchi intervino ante el caso de una mujer de nacionalidad colombiana que se encontraba internada en un hospital de Tulcán, pues por su situación debía ser trasladada a otra casa de salud pero los familiares no contaban con los recursos económicos, por lo que se intervino en el caso para evitar una vulneración al derecho a la salud.

Una mujer de nacionalidad colombiana bajo situación de refugio se encontraba internada en el hospital Luis Dávila de Tulcán debido a que fue diagnosticada con Lupus enfermedad rara y catastrófica, según el Ministerio de Salud.

El médico tratante informó a los familiares de la paciente que debido a la complejidad del caso debía ser trasladada ya sea a Ipiales o a Quito y que los gastos de dicho traslado debían ser cubiertos por los familiares.

Debido a la falta de recursos económicos se acercaron hasta la Coordinación para solicitar la debida intervención. Una vez, la DPE tuvo conocimiento del caso tomó contacto con la casa de salud y se informó que las personas en situación de movilidad que presentan cuadros de con enfermedades catastróficas, requieren atención prioritaria e inmediata por tanto, debido a temas económicos no se puede vulnerar un derecho.

El Gerente subrogante del hospital ratificó que la casa de salud trabaja bajo el principio de la eficiencia, gratuidad y universalidad, por tanto ningún valor sería generado a los familiares de la paciente.

De esta manera se protegió el derecho al acceso a la salud y la mujer pudo ser atendida eficientemente.

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Nilo S., acudió hasta las oficinas de la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Sucumbíos para denunciar que el GAD Municipal de Gonzalo Pizarro no respeta sus derechos al ser una persona con discapacidad, por lo que solicitó asistencia.

El Delegado Provincial al conocer el caso se trasladó hasta las oficinas del GAD Municipal de  Gonzalo Pizarro para dar a conocer que el peticionario quien es una persona con discapacidad se acercó en días anteriores hasta el Municipio para solicitar que se incluya su carné de discapacidad en su documentación y se proceda a los descuentos tributarios, pero le indicaron que el documento debe ser actualizado a pesar que tiene como fecha de vigencia septiembre de 2018.

Una persona representante del departamento jurídico indicó que tomaría contacto con la unidad competente para dar a conocer estos detalles. La DPE señaló la importancia de realizar el trámite, pues caso contrario se estarían vulnerando los derechos de una persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria.

Al día siguiente, la Delegación fue comunicada sobre el informe correspondiente desarrollado por el GAD Municipal para aplicar la normativa dispuesta en la Constitución y proceder con los descuentos correspondientes.

El peticionario agradeció la gestión oficiosa de la DPE que le permitió acceder a sus derechos.

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Daniel D. comparece a la Delegación Provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo para solicitar intervención ante Concesionaria Asiauto S.A por la adquisición de un vehículo marca Kia Motors que desde su entrega presentó problemas.

El peticionario manifiesta que no ha recibido respuesta para solucionar su caso. Frente a esto, la Defensoría del Pueblo convocó a audiencia pública a las partes con el fin de llegar a un acuerdo.

Luego de exponer el caso, la concesionaria se comprometió a entregar el auto sin ningún problema y de presentarse el mismo daño el ciudadano recibiría un auto nuevo de las mismas características.

La revisión técnica el automotor continuaba con los daños, por lo que se hizo la entrega de un nuevo vehículo.  Además, la concesionaria cancelará el valor de la revisión vehicular y la matrícula. De esta manera se garantizaron los derechos del ciudadano.

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Carlos L. en calidad de representante de su tío, una persona adulta mayor y con discapacidad psicológica del 59%, acude a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para manifestar que el Gobierno Autónomo Descentralizado de Ambato le notificó que tiene valores pendientes por concepto de impuesto predial.

El peticionario explicó que su tío recibe el bono de desarrollo humano y que no puede pagar esos valores porque no trabaja y el monto que recibe lo utiliza para su atención médica.

Al conocer el caso, la Defensoría del Pueblo se comunicó con el jefe de Rentas del del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad de Ambato lo suscitado. Con el accionar defensorial se logró garantizar que  la  aplicación de la exención establecida en el Art. 14 de la Ley del Anciano en el impuesto predial, exonerando al ciudadano de este pago y tutelando sus derechos.

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A la Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo acudió una ciudadana adulta mayor para presentar una petición contra la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal del cantón Latacunga por una supuesta deuda que mantenía por un predio que vendió en 1998.

Al conocer el caso, la Institución Nacional de Derechos Humanos inició una gestión oficiosa para solicitar se revise la deuda que ascendía a USD 700. Después de explicar el caso, el GAD Municipal del cantón Latacunga dio de baja a esta deuda.

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Una ciudadana adulta mayor acude a la Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo de Ecuador para denunciar que el Municipio de Penipe construyó un nuevo edificio que colinda con la parte posterior de su vivienda y que ha ocasionado daños a la misma.

La peticionaria menciona que en varias ocasiones, durante dos años, se acercó al municipio para presentar su reclamo pero que no tuvo respuesta favorable.

Al conocer la situación, la Defensoría del Pueblo mediante gestión oficiosa informó a las autoridades municipales lo ocurrido, exponiendo los daños causados a la vivienda de la ciudadana. Tras la intervención defensorial, el Municipio de Penipe se comprometió a restaurar la casa de la afectada, tutelando sus derechos.

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Nueve estudiantes de la carrera de enfermería de la Universidad Nacional de Loja presentaron una queja en la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo debido a que por incumplimiento de la institución educativa, la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) no registró sus títulos a tiempo, evitando que ingresen al sorteo del año de salud rural.

Los y las estudiantes solicitaron se solucione el inconveniente de manera inmediata para que puedan continuar con su formación.

La Defensoría del Pueblo admitió el trámite e inició una investigación para verificar la situación. So tomó contacto con representantes de la Comisión Interventora de la universidad con quienes se llegó al acuerdo de realizar las gestiones internas necesarias para que de forma urgente los títulos universitarios sean debidamente registrados. Así, se tuteló el derecho a la educación de los/as peticionarios/as.

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La Coordinación Zonal 4  conoció el caso presentado por el  Director Provincial del Frente de Defensa para Personas con Discapacidad FREDEDIS y uno de sus compañeros quienes fueron sujetos de malos tratos por parte del conductor del bus n° 47 de la Cooperativa Ciudad del Valle line 2, quien no les habría permitido bajarse por la puerta delantera a pesar de ser personas con discapacidad.

Inmediatamente se dio inicio a una investigación defensorial y se convocó a una audiencia al representante legal de la Cooperativa Ciudad del Valle. En la audiencia, el representante legal de la Cooperativa en mención dio a conocer que con la finalidad que se respeten los derechos de las personas con discapacidad y mujeres embarazadas, el Consejo de Administración de la Cooperativa expidió una resolución en la que se disponía a los conductores de las unidades permitir a personas con discapacidad bajar por la puerta delantera ; así mismo, se dio a conocer que el conductor que vulneró los derechos de los afectados fue sancionado. Ante ello, el peticionario manifestó su conformidad, solicitando que se incluya a las personas adultas mayores y mujeres con niños en brazos dentro de esta resolución.

El resultado para este caso logra que se respeten los derechos de los grupos de atención prioritaria y se facilite su accesibilidad a los medios de transporte urbano.

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Moradores del sector las Piñas del cantón Milagro expresan ante esta Coordinación su malestar y reclamo debido a que la ciudadela privada Bosque Real está descargando las aguas servidas a canales de agua lluvia que circunda la ciudadela afectando gravemente la salud de los moradores y contaminado el ambiente con malos olores.

Inmediatamente conocido el caso se inició la investigación defensorial correspondiente y se constató que la ciudadela privada estaba descargando las aguas servidas sin tratamiento en los canales de agua lluvia y al no ser tratadas estaban generando múltiples contaminaciones y afectando al derecho que tienen las personas a vivir en un ambiente sano.

Se buscó la intervención del GAD Municipal y con la intervención del señor comisario municipal se logró la clausura de la llave de descargas de las aguas servidas a los canales naturales que están alrededor de las viviendas del sector popular Las Piñas.

Con esta acción se reivindicó el derecho de las personas a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación.

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Un nuevo caso de venta de cocinas de inducción mediante engaños a una adulta mayor se presentó ante esta Delegación. La afectada, una adulta mayor que no sabe leer ni escribir, fue engañada por trabajadores de un local comercial que aprovechan el desconocimiento de la señora la convencieron colocar su huella dactilar en el pagaré como aceptación y le dejaron el electrodoméstico. De manera inmediata la Delegación convoca a una audiencia pública al representante del Almacén y la peticionaria y, luego de escuchadas las partes, se aceptó la devolución de la cocina logrando restablecer los derechos vulnerados de la afectada.

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La Delegación provincial conoció el caso de una menor de cinco años que vive en Calceta junto con su familia que presenta un cuadro de Osteogénesis Imperfecta y no contaba aún con el carné de discapacidad.

El proceso de carnetización tomó unos días considerables debido a inconvenientes iniciales presentados, una vez asumido el caso por la Defensoría del Pueblo, se subsanaron los inconvenientes y se logró obtener el documento. El trámite fue eficaz gracias a la oportuna intervención de la Delegación y de la ayuda brindada por el Coordinador Provincial de Discapacidades en la Provincia de Manabí, además de los profesionales que intervinieron en el caso. La menor fue valorada por el médico Neurólogo del Ministerio de Salud Pública y posteriormente por la Psicóloga Clínica.

Finalmente, después de las evaluaciones realizadas por el personal competente y cumplir con el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud Pública para calificarse como persona con discapacidad; la menor obtuvo el documento legal que la acredita ser una persona con discapacidad y se logró proteger sus derechos y puede gozar de los beneficios que le corresponden por Ley.

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La Delegación Provincial de  Cañar recibió la queja de una persona adulta mayor, quien señaló que la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral del Pueblo Cañari, no estaría cumpliendo con lo estipulado en la normativa referente a los descuentos tributarios para personas adultas mayores.

La Delegación al conocer el tema inició una investigación defensorial que le permita identificar si efectivamente se estaba contemplando los beneficios tributarios con los que cuentan las personas adultas mayores y las personas con discapacidad respecto a la tasa de recolección de desechos sólidos y aseo público en la jurisdicción de la EMMAICPC.

La DPE al corroborar dicha información solicita tanto a EMMAICPC y la alcaldía de Cañar proceder con las exoneraciones correspondientes a estos grupos de atención prioritaria. Es así que la gerencia de EMMAICPC se comprometió a reformar la Ordenanza correspondiente a este tema y hacer constar en la misma, los beneficios que tienen los grupos mencionados.

De esta manera en Cañar, la DPE logró que se cumpla con la normativa vigente sobre los beneficios que tienen tanto las personas adultas mayores como las personas con discapacidad.

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Celia M. presentó una petición en la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo de Ecuador, exponiendo que se hizo acreedora a beca en el  Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN),  por lo que en base a lo que determina la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) ha solicitado por escrito comisión de servicios con remuneración por estudios en la Empresa Pública Metropolitana de Aseo de Quito (EMASEO), donde labora.

La peticionaria denuncia que nunca le contestaron el oficio escrito, motivo por el cual hizo uso de sus vacaciones para acceder a las clases de la maestría.

Por esta razón, la Defensoría del Pueblo solicitó información a la institución pública. El representante de Talento Humano de EMASEO explicó que la peticionaria podía acogerse a una licencia sin remuneración, debido que por criterios de austeridad no podía atender su requerimiento.

Luego de la intervención defensorial y de exponer los argumentos jurídicos que amparan a la ciudadana, el Gerente de EMASEO informa a la Defensoría del Pueblo que ha otorgado la licencia con remuneración a la peticionaria para cursar sus estudios, garantizando así su derecho a la educación.

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Una persona diasnosticada con epilepsia acude a la Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo para presentar una queja contra el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por no proporcionar el medicamento necesario para su tratamiento.

El peticionario menciona que en el centro ambulatorio de Valdivia el médico tratante le recetó carvamasepina de 400 mg, pero que en los últimos meses dicho medicamento ya no le hacía efecto. En respuesta a esta necesidad se le recetó un medicamento más fuerte, recetó ceumid de 500 mg. Lamentablemente, el IESS no tenía esta medicina.

El ciudadano remitió una carta a la presidencia de la República para informar su situación y solicitar intervención pero no recibió respuesta oportuna, pese a que la presidencia derivó el caso al consejo directivo del IESS.

Ante esta situación y con el fin de tutelar los derechos del ciudadano, la Defensoría del Pueblo inició una investigación, en la que efectivamente se comprobó que no se había adquirido este medicamento. Se expuso entonces la situación del paciente y la necesidad de que se gestione de inmediato la compra de la medicina.

Luego de la gestión defensorial se logró que el IESS proporcione la medicación al ciudadano, defendiendo su derechos a la salud y a recibir una atención prioritaria por pertenecer a un grupo de atención prioritaria.

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Una mujer con discapacidad auditiva junto a su esposo acudieron hasta la Delegación Provincial de Esmeraldas para solicitar intervención debido a que su hijo de ocho años aún no ha sido registrado por falta del certificado de nacido vivo.

El padre de familia aduce que el certificado de nacido vivo no fue entregado por la casa de salud y que la unidad educativa donde estudia su hijo le exige la entrega inmediata de la partida de nacimiento, por tal motivo fue hasta el Registro Civil pero no obtuvo resultado.

La madre quien tiene 12 hijos, indica que todos sus hijos, excepto el último se encuentran registrados, por la falta de este requisito.

La Defensoría del Pueblo, a través de sus funcionarios tomó contacto inmediatamente con el Hospital Delfina Torres para solicitar la colaboración en este caso. La casa de salud respondió inmediatamente y se comprometió en hacer la entrega de este documento para que el niño pueda ser inscrito en el Registro Civil.

Es así que la madre recibió el documento y junto a su esposo procedieron a realizar la inscripción de su hijo en el Registro Civil para que pueda acceder a sus derechos. Además teniendo en cuenta que la madre corresponde a un grupo de atención prioritaria.

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Luciana D., presentó una petición ante la Delegación Provincial de Imbabura debido a que desde inicios de 2017 ha solicitado al Jefe de Bomberos de Urcuquí ser ascendida pero no ha obtenido ninguna respuesta.

La peticionaria informa que desde el año 2008 forma parte del Cuerpo de Bomberos de Urcuquí y que basada en el Reglamento Orgánico Operativo y de Régimen Interno y Disciplina de los Cuerpos de Bomberos de Ecuador solicitó su ascenso al Jefe de Bomberos, pero no recibió respuesta alguna.

Por otro lado señala que nunca recibió notificación alguna sobre los puntajes de las evaluaciones tomadas, por lo tanto no pudo impugnar los resultados. Incluso manifestó que varias de las preguntas de estos exámenes corresponden a la institución española y no a la del país. De allí que considera que ha sido discriminada por el hecho de ser mujer.

La Defensoría del Pueblo al conocer el caso, solicitó la debida información al GAD Municipal de Urcuquí para conocer los argumentos por los cuales no se ha dado paso al curso de ascenso de la peticionaria.

Además se señala que varios compañeros de su promoción ya han sido ascendidos, siendo el caso excepcional, únicamente el de ella.

Finalmente con la intervención defensorial, el Jefe de Bomberos, remite carta de recomendación para aplicar a curso de ascenso, tutelando así sus derechos.

La peticionaria agradeció a la Defensoría del Pueblo por su oportuna intervención, pues con la respuesta favorable por parte del Cuerpo de Bomberos de Urcuquí podrá realizar el curso respectivo.

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Una ciudadana de nacionalidad venezolana presentó una queja ante la Defensoria del Pueblo de Azuay debido a que su hija no podía acceder al nivel educativo correspondiente y requería ayuda.

La peticionaria quien se encuentra en situación de movilidad humana no regular señaló que su hija no podía acceder al nivel adecuado pues le informaron que posiblemente no tiene los conocimientos necesarios y por tal motivo será ubicada en un nivel menor.

La Coordinación Zonal de Azuay al conocer el caso tomó contacto inmediato con la entidad de educación en la provincia para informar sobre esta novedad y solicitar que la niña rinda una evaluación y según los resultados sea ubicada en el nivel que corresponda sin evitar afectaciones a la estudiante y garantizando además el acceso integral a la educación.

La entidad de educación accedió a la petición y de esta manera se garantizó los derechos de la niña y su madres, quienes por su situación de movilidad pertenecen a un grupo de atención prioritaria.  

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Lucy R., ciudadana domiciliada en la ciudad de Ibarra tomó contacto con la Coordinación Zonal 7 de Loja para presentar una denuncia en contra de Santiago P., quien se comprometió en entregar productos solicitados por la peticionaria, pero hasta la fecha no lo ha hecho y también ha devuelto el dinero.

Al conocer del caso, funcionarios de la Defensoría del Pueblo realizaron una visita al local “Buses en Miniatura” para conocer el motivo por el cual el ciudadano no ha entregado el trabajo ofrecido. El propietario del local informó que los trabajos (dos buses en miniatura) estaban listos, pero lamentablemente por sus ocupaciones no ha podido realizar el envío.

Se solicitó al ciudadano que realice el envío de forma inmediata a la peticionaria para evitar más demoras. Efectivamente se realizó dicho envío y posteriormente Lucy R., confirmó haber recibido sus productos, dando solución así al inconveniente presentado.