PRONUNCIAMIENTOS

La Defensoría del Pueblo frente al 6to aniversario de la sentencia de la Corte IDH sobre el caso Sarayaku

lunes, 30 julio 2018, 5:30 pm

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó la sentencia del caso Sarayaku, el 27 de julio de 2012. En esta sentencia se reconoce la responsabilidad del Estado ecuatoriano por la violación en contra del Pueblo de Sarayaku, de los derechos a la consulta previa, a la propiedad comunal indígena, a la identidad cultural, a las garantías judiciales y a la protección judicial,  así como por haber puesto gravemente en riesgo los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de este pueblo.

Sarayaku celebró el 6to aniversario de la sentencia no solo recordando las violaciones sufridas contra su territorio y cultura, sino que presentó su plan de vida llamado Kawsak Sacha, en donde la Selva Viviente es todo, las montañas, los ríos, los árboles, los animales, y todo en perfecta interconexión permite al pueblo de Sarayaku ser parte del mundo del equilibrio, sabiduría y convivencia.

Cabe recordar que el Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku denunció al Estado ecuatoriano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por una serie de actos y omisiones al permitir que una empresa petrolera privada realizara actividades de exploración de yacimientos en su territorio, desde finales de la década de los años 1990, sin garantizar su derecho a la consulta previa, libre e informada y violentando los principios de autodeterminación y vida en armonía de este pueblo.

Después de 6 años de la sentencia y de más de 20 años de denuncias por parte del pueblo de Sarayaku, preocupa a la Defensoría del Pueblo que se continúe ejerciendo presión sobre su territorio, que se irrespeten los derechos a la consulta previa y que no se hayan resuelto los acuerdos necesarios para enfrentar los daños materiales, como es la presencia de explosivos dentro de ese territorio.

En relación a lo dispuesto para la consulta previa, la Defensoría del Pueblo recuerda que los procedimientos internacionales sobre la consulta ponen énfasis en la condición de ser previa, libre, informada y de buena fe y reivindica el consentimiento cuando una actividad “amenaza provocar desplazamientos, implica el almacenamiento de materiales peligrosos en sus territorios o cuando se trata de planes de desarrollo o de inversión a gran escala que pudieran tener un impacto mayor en los territorios indígenas con impactos sociales, culturales y ambientales significativos” tal y como lo afirmará el Relator especial de pueblos Indígenas.

En materia reparación integral, la Defensoría recuerda que la CIDH en su jurisprudencia ha establecido 5 dimensiones de la reparación integral: la restitución, la indemnización, la rehabilitación, las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición.

Resulta de extrema gravedad reconocer que, además del incumplimiento a la sentencia de la Corte IDH, con la concesión de nuevos bloques petroleros y las agresiones contra este pueblo, se vuelven a repetir, afectando uno de los 5 principios de la reparación. Pero además se sigue aplicando simulacros de consulta basados en los Decretos Ejecutivos 1247 que reglamenta la consulta para actividades hidrocarburíferas y que desconoce el consentimiento, y el 1040 que siendo un reglamento de participación social pretende regular la consulta en general, desnaturalizando este derecho.

Por lo señalado la Defensoría del Pueblo:

EXHORTA a las autoridades nacionales a activar los mecanismos de concertación para resolver los temas pendientes de la sentencia de la Corte IDH en el caso Sarayaku.

INSTA al gobierno nacional a abstenerse de utilizar como mecanismo de consulta previstos en los Decretos Ejecutivos 1247 o 1040, por no apegarse a los requerimientos que el derecho a la consulta requiere.

HACE UN LLAMADO al gobierno nacional a adoptar las medidas legislativas, para poner plenamente en marcha y hacer efectivo, el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas y tribales y derogar aquellas que impidan su pleno y libre ejercicio.

 

Finalmente saluda y reconoce a Sarayaku como un pueblo indígena que está dando ejemplo nacional e internacional en la protección a los derechos colectivos y los de la Naturaleza.

Gina Benavides Llerena

Defensora del Pueblo (E)

 

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