CASOS EMBLEMÁTICOS

Defensoría en Acción – 15 de agosto de 2017

martes, 15 agosto 2017, 3:39 pm

 

Pedro L. usuario de escasos recursos económicos, presentó una petición en la Delegación provincial de Los Ríos, oficina de la ciudad de Quevedo, debido a que la Corporación Nacional de Electricidad CNEL EP pretendía cobrarle USD 4 676,06 dólares por concepto de energía, sin haber obtenido el servicio.

Una vez ingresada la petición se solicitó la información adecuada a la requerida, así mismo  se solicitó una inspección y se convocó a las partes a una audiencia pública en la cual se logró reducir estos valores excesivos a USD 689,06 dólares ya que se determinó que el medidor estaba deshabilitado y se estaban cobrando valores improcedentes, facturando únicamente el consumo real.

Es así que mediante la intervención defensorial se logró dar solución al problema del peticionario quien firmó un convenio a 24 meses tutelando así el derecho a recibir un servicio público de calidad y a un precio justo.

8 de cada 10 casos sobre usuarios de servicios públicos domiciliarios son solucionados en esta dependencia.

 

Una ciudadana adquirió un programa ante la empresa Decameron sobre un plan de afiliación para obtener algunos beneficios pero los mismo no se aplicaron, motivo por el cual acudió hasta las oficinas de la Coordinación General de Carchi a presentar la queja correspondiente.

Al parecer la peticionaria canceló USD 1 650 por un programa denominado Multivacaciones Decameron pero al momento de realizar la reserva para hacer uso de este programa le informaron que no había disponibilidad y que si quería hacer uso del paquete debía cancelar USD 2 500 adicionales.

La Defensoría del Pueblo al conocer el caso procedió a tomar contacto con la persona representante de la empresa para solicitar la anulación de este programa pues no estaba cumpliendo con los servicios ofrecidos a al ciudadana al momento de adquirir el plan.

Efectivamente se realizó la anulación del contrato por un valor de USD 12 500 y además la ciudadana podrá hacer uso de las instalaciones de Jamaica o Panamá en febrero de 2018, por el dinero que canceló al principio, es decir los USD 1 650.

De esta manera se tutelaron los derechos de la peticionaria, quien agradeció la oportuna intervención defensorial.

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El ciudadano Jorge A. acudió a la Coordinación Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo para solicitar la intervención institucional con la empresa Paruzzi S.A debido a que mantiene una deuda pendiente por la compra de un vehículo que desea renegociar.

El peticionario debido a circunstancias personales no ha podido cancelar el valor de USD 1 136 que tiene pendientes, pero su intención es pagar el total de la deuda en cuotas. Lamentablemente, la empresa no accedió; motivo por el cual la Defensoría del Pueblo convocó a ambas partes a una audiencia pública con el fin de llegar a un acuerdo amistoso.

Luego de analizar los hechos, se acordó que el ciudadano cancele el total en cuatro cuotas de USD 284 hasta el 10 de cada mes.  De esta forma, se resolvió este conflicto de una forma amistosa entre las partes.

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Welinton S. presentó una queja en la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo, contra la operadora de telefonía celular Claro por debitar sin autorización previa el costo del plan contratado.

Una vez que la Institución Nacional de Derechos Humanos conoció el caso inició una gestión oficiosa solicitando al abogado de la operadora información sobre la queja planteada. Al constatar, que efectivamente, se trató de una mala venta realizada por los distribuidores, la operadora autorizó la devolución de los valores debitados (USD 103,03), tutelando los derechos del peticionario.

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Elida L. acude a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo de Ecuador para presentar una queja contra la empresa Economundo por ofrecer servicios mediante engaños.

La peticionaria aseguró que recibió una llamada a su teléfono celular y que una representante de Economundo le indicó que adquirir estos servicios era obligatorio. La ciudadana acepta sin solicitar más información. Inmediatamente, se generó un cobro USD 315,00 a través de su tarjeta de crédito.

Ante lo ocurrido, la ciudadana tomó contacto con la empresa para solicitar el reembolso del dinero. La empresa admitió que se trató de una mala venta y que sancionará a la persona encargada pero le aseguran que ella debe asumir el 50%.

Frente a esta situación, la Defensoría del Pueblo mediante gestión oficiosa da a conocer los derechos de las personas usuarias y consumidoras a la empresa, la misma que decide anular los vouchers generados.

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La Defensoría del Pueblo de Ecuador recibió este 14 de agosto de 2017, una sentencia favorable de la Corte Provincial de Justicia de la Sala Penal de Cotopaxi, aceptando la acción de protección presentada contra el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para tutelar los derechos a la seguridad social, a la salud y a la vida de una persona con dos enfermedades catastróficas.

El peticionario -afiliado al IESS desde el año 1993- verificó que contaba con 242 imposiciones para solicitar la jubilación por invalidez, debido su delicado estado de salud.

Luego de presentar los certificados que confirmaban su enfermedad, el 1 de mayo de 2016 el IESS aceptó su pedido y entregó el carnet de jubilado al ciudadano para que haga uso de todos los servicios sociales, de salud y reciba su pensión jubilar de forma vitalicia.

Lamentablemente, el 23 de noviembre del 2016 tras una resolución tomada por la Comisión de Prestaciones y Controversias de Tungurahua, el IESS desconoce la jubilación por invalidez otorgada en primera instancia al asegurado.

Frente a esta situación, el peticionario apeló el acto administrativo ante la Comisión Nacional de Apelaciones del IESS de Pichincha, institución que ratificó la resolución emitida en la jurisdicción zonal de Tungurahua. Es así que no solo se le retiró su derecho a la jubilación social por invalidez, sino que también solicitó al ciudadano devolver al IESS los valores percibidos por concepto de pensiones jubilares recibidas, tratamientos oncológicos recibidos en Solca y medicinas que se le entregaron.

Por lo expuesto, la Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo patrocinó la acción de protección para proteger los derechos constitucionales a la seguridad social, a la salud y a la vida del peticionario. En primera instancia la jueza negó la acción de protección indicando que el derecho a la jubilación por invalidez está sujeto a verificación y que no existían derechos vulnerados.

En este contexto, la Institución Nacional de Derechos Humanos presentó un recurso de apelación que fue aceptado. En el mismo, se dictaminó dejar sin efecto los alcances de la Resolución de la Comisión de Prestaciones y Controversias de Tungurahua del IESS y se dispuso restituir los derechos vulnerados.

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A la Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo acudió una ciudadana para presentar una queja contra la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Riobamba por una facturación excesiva en las planillas.

La peticionaria en varias ocasiones se acercó a la empresa proveedora pero no recibió una respuesta favorable, motivo por el cual solicita la intervención institucional.

La Defensoría del Pueblo realizó un visita in situ al domicilio de la peticionaria, donde verificó que efectivamente existe una sobrefacturación, razón por la cual inició una gestión oficiosa con la empresa de agua potable, logrando que de USD 75,66 baje a 12,99. De esta manera se tuteló el derecho de esta ciudadana a recibir un servicio de calidad y con un precio justo.

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A través de una gestión oficiosa, la Defensoría del Pueblo tuteló los derechos de una persona adulta mayor y su hijo, quien tiene una discapacidad del 40%, debido a que la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) quería iniciar un juicio coactivo por una deuda a cuenta del servicio de televisión por cable.

Los peticionarios indican que en febrero de 2017 realizaron la devolución del codificador de la línea de CNT que proveía la señal de televisión por cable y cancelaron todos los valores adeudados. Lamentablemente, la empresa de telefonía seguía registrando el pago por el servicio, lo que causó el inconveniente.

La Defensoría del Pueblo, al conocer el caso, inició una investigación y convocó a ambas partes a una audiencia pública en la que se explicó la situación de los peticionarios. En la misma, se demostró que efectivamente existía una deuda de USD 116,00.

Debido a la situación económica por la que atraviesan esta madre y su hijo, la Defensoría del Pueblo apeló para que CNT cobre la deuda en pagos parciales, sin que se inicie un juicio coactivo.

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Gabriel T. presentó una queja en contra del hospital José Carrasco del IESS de Cuenca debido a que no realizaban una intervención a su familiar, vulnerando su derecho a la salud, motivo por el cual intervino la Coordinación General de Azuay.

Carmen T., requería una intervención quirúrgica por una fractura de fémur, a causa de una caída al interior de la misma casa de salud. Pero lamentablemente la misma no se le realizaba.

Es así que la Defensoría del Pueblo tomó contacto con el personal del Hospital para conocer el motivo por el cual se había dado largas a la intervención que necesitaba la paciente. Sin embargo informaron que si se realizaría la operación.

Efectivamente el pasado 3 de agosto se llevó a cabo la cirugía, tutelando así el derecho a recibir una salud integral y de calidad.

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María J. presentó una denuncia debido a que su vivienda se vio afectada por una alcantarilla que colapsó anteriormente ocasionando daños a su propiedad, por lo que solicita la intervención defensorial.

La Delegación de Zamora Chinchipe al conocer sobre esta novedad dispuso realizar una visita in situ a la vivienda de la ciudadana a fin de constatar los daños mencionados e invitó a EMAPAZ y alcaldía del cantón Zamora para que puedan estar presentes durante la visita.

Efectivamente se llevó a cabo la verificación en la cual también estuvieron Asesor Jurídico, Director de Planificación, Director de Obras Públicas del GAD de Zamora; Gerente de la EMAPAZ y la peticionaria. Al constatar la afectación de su vivienda a causa de esta alcantarilla, la cual incluso se ve afectada por las aguas servidas de las demás casas.

EMAPAZ se comprometió a instalar una nueva alcantarilla para evitar mayores daños al inmueble de la ciudadana. Por lo que la Defensoría del Pueblo a través de su Delegación realizó el seguimiento al caso obteniendo como respuesta por parte del Alcalde la subsanación de este problema.

Sin embargo al visitar nuevamente la vivienda se pudo evidenciar que aún existían daños por lo que solicitó a EMAPAZ la resolución definitiva de la afectación. Finalmente se informa la solución del inconveniente causado a la vivienda de la peticionaria. Así se tutelaron los derechos de María J., y su familia, quienes agradecieron la intervención defensorial.

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Amparito B. acude a la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo para manifestar que lleva alrededor de un año en la lista de espera del Hospital Carlos Andrade Marín para realizarse una cirugía de cadera y que pese a su insistencia no ha sido atendida.

La peticionaria manifestó que tras una fuerte caída a principios de 2015 su cadera se rompió, razón por la que necesitaba ser operada de inmediato. La ciudadana se acercó al Hospital Carlos Andrade Marín para ser atendida pero le indicaron que no disponían de prótesis totales de cadera y que la colocarían en lista de espera hasta cuando exista disponibilidad. Lamentablemente ya pasó más de un año y no se concretaba su cirugía.

La Defensoría del Pueblo al conocer el caso inició una investigación defensorial y tras exponer la situación de la ciudadana, logra su traslado al Northospital, a fin de que le realicen la operación requerida.

Además, a través de este caso, el Hospital Carlos Andrade Marín se comprometió a priorizar sus procesos de contratación de prótesis de caderas, los mismos que durante algún tiempo no se habían concretado.

Con esta acción no solo se garantizó el derecho a la salud de la peticionaria, sino de otras personas que necesitan la misma cirugía.

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Hermes R. y Alexandra R. presentaron una queja ante la Delegación de Sucumbíos debido a que adquirieron una cocina de inducción pero presentó varios daños por lo que solicitaron la intervención defensorial.

El peticionario informó que en el año 2015 compró la cocina de inducción en Distribuciones Selecta y al poco tiempo de usarla presentó algunas anomalías, por lo que el servicio técnico hizo las reparaciones necesarias para que funcione adecuadamente.

Sin embargo, luego de un tiempo volvió a presentar molestia, por tal motivo se comunicaron nuevamente con el servicio técnico del almacén pero no obtuvieron ninguna respuesta. Es así que la Defensoría del Pueblo se comunicó de forma inmediata con el Gerente de la casa comercial, quien luego de conocer el caso manifestó que se procederá a retirar la cocina en mal estado para realizar la entrega de una nueva.

De esta manera se solucionó el inconveniente y los ciudadanos pudieron acceder a servicios de calidad.

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Una madre de familia presentó una queja debido a que su hija nació hace nueve meses pero hasta la fecha no le han entregado el certificado de nacida viva por lo que no puede inscribir a la niña.

La peticionaria informa que hace nueve meses dio a luz en el Hospital Delfina Torres de Esmeraldas, pero al momento de irse con el alta médica a su hogar le informaron que no podían hacer la entrega de documento de nacida viva y le solicitaron que se acerque en días posteriores.

Lamentablemente todas las veces que ha acudido no ha recibido el documento, razón por la cual su hija no está aún inscrita en el Registro Civil.

La Defensoría del Pueblo al conocer el caso tomó contacto con la persona encargada del área de estadística, quien reconoció que estos casos son muy frecuentes en la provincia y que ya han mantenido reuniones con el Distrito de Salud para evitar más inconvenientes. Además solicita que la ciudadana se acerque en tres días posteriores para realizar la entrega del documento.

Efectivamente a los tres días la peticionaria junto a una servidora de la DPE acudieron hasta las instalaciones del Hospital y retiraron el documento, posterior a ello se realizó un acompañamiento hasta las oficinas del Registro Civil para dar constancia de la inscripción de la niña, quien luego de nueve meses puedo acceder a su derecho a la identidad.

La madre de familia agradeció la gestión realizada por la DPE que permitió a que su hija acceda a sus derechos.

Cabe mencionar que este inconveniente es frecuente en la provincia de Esmeraldas por lo que el Delegado de la Defensoría del Pueblo ha coordinado reuniones con el Gerente del Hospital a fin de seguir afectando a más niños y niñas.

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A la Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo acudió una ciudadana para solicitar intervención en el caso de su sobrina menor de edad, a quien se le negó el cupo en una institución educativa por no tener cédula de identidad.

Al vulnerarse el derecho a la educación y al interés superior de la niña, la Defensoría del Pueblo inició una gestión oficiosa, poniéndose en contacto con la Subsecretaria del Ministerio de Educación, a quien se explicó el caso de la niña que hasta la fecha no había tenido  escolaridad formal debido a la situación económica de su familia.

Luego de una reunión interinstitucional se logró que la niña -de 8 años de edad- sea inscrita en el establecimiento educativo y además tenga cédula de identidad, tutelando así sus derechos.