PRONUNCIAMIENTOS

Pronunciamiento del Defensor del Pueblo con respecto al monumento del parque central del Cantón La Concordia

lunes, 24 junio 2013, 3:34 pm

Quito,  24 de junio  del  2013

 

Ecuador es un  Estado  constitucional  de derechos y justicia,  social  democrático,  soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico, siendo   parte de sus fines primordiales,  garantizar, sin  discriminación  alguna,  el efectivo goce de los derechos establecidos en  la Constitución y los instrumentos internacionales,  así como  fortalecer la unidad nacional  en  la diversidad, proteger el  patrimonio natural  y cultural del  país y garantizar a sus habitantes,  el  derecho  a una cultura de paz, seguridad integral  y a vivir en una  sociedad democrática.

Estos derechos forman  parte de la herencia histórica de hombres y mujeres, entre los cuales debemos destacar  ancestros africanos, afrodescendientes y afroecuatorianos,  como  Antón, Juan Salinas,  Alonso de Illescas, los Ontoneros,  la mulata  Martina, Pío  Quinto Nazareno, Domingo Trejos,  Federico  Lastra,  Nicolás Castro,  Julio  Sixto  Mena,  Enrique Torres o  Carlos Otoya, así como  otras figuras,  quienes son  referentes,  en  el presente y el  futuro,  de heroísmo,  rebeldía,  resistencia y emancipación contra la esclavitud, la desigualdad social, el  colonialismo y la exclusión.

Por esta rezón, el  Estado  tiene la responsabilidad histórica de hacer efectivo  el  goce, con   igualdad formal,  material  y sin  discriminación, de todos los derechos fundamentales, especialmente los económicos, sociales y culturales,   la conservación  de los territorios y la inserción estratégica del  pueblo  afroecuatoriano en  el  desarrollo,  desde el  enfoque del  buen vivir.

Igualmente  trascendente, es la modificación  de patrones culturales que de manera  injustificada sitúa al  pueblo  afroecuatoriano como  una cultura inferior,  amenazante,  conflictiva y violenta, con  el fin  de perpetuar las relaciones de poder hegemónicas, siendo  necesario transformar esos desatinados juicios en creencias positivas,  que visibilicen  una ciudadanía organizada, trabajadora, solidaria, alegre, diversa, rebelde, cuya tradición,  historia, normas, costumbres y saberes ancestrales,  enriquecen  la condición  intercultural  y plurinacional  de  nuestro  país, y enorgullecen a la Patria Grande Latinoamericana.

Consecuentemente,  la Defensoría del  Pueblo, en su  calidad de institución nacional  de  derechos humanos,  asume con  convicción su  rol  de promoción  y protección  de los derechos fundamentales del  pueblo  afroecuatoriano,  así  como  también   del  pueblo  indígena y mestizo  especialmente con respecto  a manifestaciones públicas de  discriminación  material   o  simbólica,  con el fin  de evitar el  refuerzo de estereotipos y prácticas,  contrarias a los derechos y garantías expresados en  la Constitución  de la República.

En esa línea,  es pertinente mencionar que el  monumento  situado  en  el  Parque Central  del  cantón  La Concordia,  provincia de Santo  Domingo   de los Tsáchilas, colocado   por el  Gobierno  Autónomo  Descentralizado  de dicho  cantón,  contiene una expresión   iconográfica que reproduce estereotipos de superioridad étnica,  racial y generacional  que ha  provocado   una discriminación   histórica en  el  país que debemos enfrentar como  sociedad.

Expresar que la ciudad de La Concordia “necesitaba una imagen  que representara el deseo  común  de sus habitantes”, la “imagen arquetípica” de una mujer joven  “que simboliza la transformación” y que el  color  nácar de esta joven,  significa la “vida”, refuerzan  creencias negativas en  contra de las mujeres afroecuatorianas,  mestizas,  indígenas y adultas mayores, quienes  están siendo  representadas como  “caos, corrientes y contracorrientes”, así  como  la muerte como  oposición a la “VIDA” que se entiende  como  una prerrogativa exclusiva de la mujer occidental,  nácar,  joven y superior a las demás.

Por lo tanto,  la Defensoría del Pueblo,  en   el   marco   de sus competencias constitucionales,  solicita al  Gobierno  Municipal  del  cantón  La Concordia,  se sirva arbitrar las medidas que sean  necesarias,  para remediar y reparar la afectación   del  derecho  a la igualdad formal,  material y simbólica del  pueblo y la mujer afroecuatoriana,  así  como  indígena y mestiza, expresado  en  el  monumento  del  Parque Central  y honrar el  postulado Constitucional  que nos  demanda construir una convivencia ciudadana, en  diversidad y armonía con  la naturaleza para alcanzar el buen  vivir, el  sumak kawsay,  enarbolando  una sociedad que respeta en  todas sus dimensiones,  la dignidad de las personas y las colectividades.

 

Atentamente,

 

Ramiro  Rivadeneira Silva